Real Decreto 366/2007, de 16de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado. (BOE nº 72 de 24 de marzo de 2007. Pág. 12.852).
Ahora no sólo tendremos rampas y anchos de puertas adecuados. Se implementará la atención a personas sordas, ciegas o con dificultad en la comprensión. Para ello, las oficinas públicas del Estado, informarán en lengua de signos, o entregarán folletos con letras grandes y en braille, se mejorará la señalética y las oficinas carecerán de barreras arquitectónicas y se cuidará la distribución del mobiliario y la ubicación de las propias oficinas de información. Una nueva dimensión se incorporará en nuestras vidas: todos los elementos existentes en una oficina de atención al público deberán pasar las medidas de accesibilidad universal.