¿A quién va dirigido?
Las personas mayores de sesenta y cinco años.
Las personas que tengan reconocido, al menos el 40% de grado de discapacidad y movilidad reducida.
Las personas que tengan reconocido un grado de Gran Dependencia (Grado III).
Requisitos que deben cumplir quienes quieran solicitar estas ayudas:
Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco o tenerla solicitada a fecha de presentación de solicitud la formalización de la petición de la ayuda.
Tener reconocido un grado del 40% de discapacidad y movilidad reducida.
Tener reconocida un grado de Gran Dependencia (Grado III).
Tener unos ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superiores a 2,50 veces el IPREM.
Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación.
¿Qué obras se pueden subvencionar?
Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación.
Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para la utilización por la persona solicitante.
Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.
Adecuación del ancho de puerta así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.
En los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería a las necesidades de la persona solicitantes.
Colocación de pasamanos en pasillos.
Cualesquiera otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuya a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
Cuantía de las ayudas:
Las subvenciones tendrán una cuantía equivalente al 70 por ciento del coste total del presupuesto protegible, teniendo este presupuesto un límite máximo de 2.000 euros que se podrá incrementar por los gastos de asistencia técnica en 600 euros.
Plazo de ejecución de las obras:
El plazo máximo para ejecutar la obra será de CINCO meses desde el abono efectivo de la subvención.
Presentación de solicitudes:
Los interesados que deseen acogerse a las ayudas, podrán presentar su solicitud desde el 11 de mayo hasta el 10 de julio de 2018 inclusive:
Presencialmente: Los interesados que deseen acogerse a las ayudas, deberán dirigir su solicitud, a la persona titular de las Delegaciones Territoriales de Fomento y Vivienda, de la provincia donde se ubique la vivienda a adecuar.
Descargar solicitud: http://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/002576_a00_v00_00_solicitud.pdf
Telemáticamente: En la Oficina Virtual de la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda, localizando el trámite: “solicitud de adecuación funcional básica de vivienda”, para realizar el trámite mediante este modo, se debe disponer de certificado electrónico.