La Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, aprobada en 2007, establece que las grandes empresas que se relacionen con sus usuarios y clientes a través de medios electrónicos deberán disponer de páginas webs accesibles, obligación que entrará en vigor el día 1 de enero de 2009.
El seguimiento de la accesibilidad se extenderá a seis empresas de cada uno de los sectores económicos de mayor trascendencia social: financiero (banca y seguros), distribución, suministros esenciales (agua, gas, electricidad), medios de comunicación, telecomunicaciones y transporte.
Para la realización de este observatorio digital, el CERMI ha resultado adjudicatario de una ayuda del IMSERSO y de la Fundación ONCE con cargo al convenio que estas dos instituciones tienen suscrito para favorecer la accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
El incumplimiento de la obligación de accesibilidad de las páginas de Internet por parte de las empresas puede acarrear sanciones por infracción de la legislación en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
El CERMI denunciará a aquellas empresas que estando obligadas por Ley no cumplan, en los plazos previstos, las normas de accesibilidad de sus sitios de Internet. noviembre de 2008.