Estacionar indebidamente en un aparcamiento reservado para personas con discapacidad será falta grave, sancionada con una multa de 200 euros, según dispone el Proyecto de Ley por la que se modifica el Texto Articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora, remitido por el Gobierno a las Cortes Generales y en fase de tramitación en estos momentos.
Hasta ahora, el estacionamiento indebido en este tipo de plazas de aparcamiento era calificado sólo como falta leve, sancionado con 90 euros de multa. Cuando se apruebe este Proyecto de Ley, esta infracción pasa a considerarse como grave y se aumenta apreciablemente la multa.
Con esta modificación, el Gobierno se hace eco parcialmente de la demanda del CERMI que pedía tanto el agravamiento de la infracción (tal y como ha ocurrido), como la pérdida de puntos para el conductor infractor. El sector de la discapacidad considera que aparcar indebidamente en una plaza de aparcamiento reservado supone un gravísimo perjuicio para los conductores con discapacidad, que debe ser castigado con mayor severidad, para que tenga un claro efecto disuasorio.
Acuerdo parlamentario
El CERMI pedirá a todos los Grupos Parlamentarios que presenten enmiendas al Proyecto de Ley a fin de que se establezca, además del agravamiento de la sanción, la pérdida de puntos, ya que esta fórmula sancionadora es la única que está teniendo efectividad contra las infracciones. Además, el CERMI recordará a los Grupos Parlamentarios que la Comisión de Discapacidad del Congreso de los Diputados aprobó hace pocos meses, por unanimidad, una Proposición no de Ley que instaba al Gobierno a regular la pérdida de puntos para estas conductas, por lo que es el momento de dar cumplimiento a este mandato.